Su trabajo en una entidad financiera local le exigía estar concentrada al máximo para no cometer ningún error y le absorbía toda su jornada de 9 a 18:00 horas aproximadamente.
Su cuerpo le pasó factura y tuvo que terminar renunciando porque comenzó a bajar de peso por la preocupación, la falta de descanso y el estrés.
Aunque la ley le otorgaba el beneficio de una hora de lactancia al día, por el trabajo que Dana realizaba en cajas era muy difícil cumplir con lo normado en el artículo 61 de la Ley General del Trabajo.
Dana había pasado seis años en la institución financiera y el trabajo y la maternidad la obligaron finalmente a renunciar.
Pero el de ella no es el único caso, semanalmente unas siete mujeres denuncian ante el Ministerio del Trabajo irregularidades que se cometen cuando se debe respetar el horario de lactancia, que en algunos casos también es interpretado como acoso laboral, indica el director departamental del Trabajo, Adolfo Arispe.
Cuando esto sucede se inspecciona el lugar de trabajo y se insta a la empresa a cumplir con la norma, pero en muy pocos la respetan.
La norma en su artículo 62 señala que cuando hay más de 50 obreros en una empresa la institución debe habilitar un ambiente de cuidado o guardería.
Además, la mujer puede pedir que se le permita llevar al recién nacido hasta los seis primeros meses para fomentar la lactancia, pero las incomodidades y el ambiente laboral en muchos empleos hacen que esto sea imposible de cumplir.
“Las mujeres primero velamos por el bienestar y la salud de nuestros hijos y es por eso que no nos animamos a llevarlos”, dice Dana.
Arispe señala por su parte que muy pocas empresas cumplen con la normativa de las sala cunas y guarderías establecidas en la Ley.
En Cochabamba, solamente pudo mencionar la existencia de cuatro guarderías institucionales; Tigo, Nuevatel, Astrix y Copelme.
Tigo es una de las más responsables en el cumplimiento de esta norma y ha habilitado un ambiente en sus oficinas situadas en la avenida Ballivián.
A diario, asisten más de seis niños que son cuidados por personal especializado.
La guardería cuenta con juegos para pequeños, una cocineta, baño y hasta cunas para que los niños puedan descansar si así lo requieren. Este espacio, que es beneficioso para que las mujeres de la empresa puedan desempeñar su trabajo, ha ayudado mucho a la permanencia del personal y a que las mujeres estén satisfechas con su trabajo.
Para Arispe todavía se tiene que trabajar mucho en la concienciación de las empresas en este tema, pues pese a que esta establecido muchas no cumplen con la obligación.
Arispe señaló que cuando los ambientes no se pueden instalar en la misma empresa la institución de todas formas debía hacerse responsable de los pagos de la guardería.
Reconoció que las mujeres tienen todo el derecho a ser madres y no pueden ser discriminadas por estar embarazadas o tener niños pequeños a la hora de desempeñar su trabajo.
El asesor legal de la ONG Trabajo Digno, Joaquín Maguiña señala que las mujeres son las que más demandan trabajo y son las que menos lo obtienen debido al tema de maternidad.
El abogado indica que el ser mujer para algunas empresas representa una carga social que puede afectar el desempeño de la institución y en esos casos prefieren contratar varones.
A diferencia de los hombres que trabajan 48 horas semanales la mujer por ley debe cumplir con 40 horas, situación que las pone en desventaja al ser contratadas.
La Federación de Entidades Empresariales de Cochabamba (FEPC) también considera que hay que crear una conciencia en el país sobre el desempeño de las mujeres en el ámbito formal para dar mejores condiciones.
“Ser jefa de hogar, tener hijos menores de cinco años y un negocio en la casa, además de una menor rentabilidad por el tiempo invertido en la empresa, son todos factores relacionados con la necesidad de la mujer de combinar sus responsabilidades familiares con actividades empresariales”, sostiene un informe de este ente.
Según la FEPC estos y otros impedimentos siguen afectando en especial a las empresarias del sector privado formal y dificultan en extremo la liberación completa del potencial de las mujeres.
Artículo 62
De la Ley General del Trabajo establece que las empresas con más de 50 empleados deben instalar sala cunas o guarderías para el cuidado de los hijos de sus trabajadoras.
7 Denuncias
En semana la Dirección Departamental del Trabajo recibe un promedio de siete denuncias por el incumplimiento de horarios en lactancia materna, beneficios sociales y acoso laboral que sufren las mujeres en su trabajo.
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