jueves, 18 de agosto de 2011

TSE tomó opción que no garantiza la paridad de género

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, tras analizar varias opciones en la construcción o diagramación de la papeleta de sufragio del 16 de octubre, se decidió por una opción que no garantiza la paridad de género o elección de mujeres en un número similar de varones para dirigir las máximas instituciones del poder judicial.

Según varias fuentes seguras, consultadas por OPINIÓN, los vocales tuvieron en sus manos varias posibilidades. La más debatida fue una papeleta divida en cuatro grupos y ocho columnas, de modo que para cada Órgano del Poder Judicial se incluya en una fila mujeres y en la otra varones, que daba la posibilidad al votante de marcar ocho veces: por cuatro mujeres y por cuatro varones.

Sin embargo, se optó por la diagramación en cinco columnas: una para el Tribunal Agroambiental, una para el Consejo de la Magistratura, una para el Tribunal Constitucional Plurinacional y dos para el Tribunal Supremo de Justicia.

En la diagramación ya definida, la columna para el Tribunal Agroambiental, con color ligeramente celeste, tiene un total de 26 candidatos y candidatas prolijamente intercalados. Empieza con una mujer y termina con un varón, lo que se logró mediante un sorteo en lo que primero se definió fue que las mujeres serían número impar y los varones número par.

Al final de la columna sobre un fondo rojo, para llamar la atención, se instruye: “en esta franja emita un (1) solo voto”. De ese modo, el votante podrá elegir hombre o mujer, marcar una sola vez y definir con su voto por uno de los 26 candidatos y candidatas, lo que no garantiza que habrá la equidad de género que proclama la Constitución, la Ley Electoral y todas las disposiciones vigentes sobre la composición de las instituciones públicas.

Mucho menos se garantiza la presencia de un solo candidato autodeclarado indígena-originario-campesino, otra de las proclamas de la nueva legislación que rige el país. En ningún caso de menciona que el candidato o candidata se haya autodefinido como indígena-originario-campesino. El elector podrá enterarse de esa particularidad sólo durante la campaña de promoción de méritos, donde sobre todo en las cartillas, se ha prometido que se dirá si la persona tiene esa identificación.

En la papeleta van la fotografía a color, en la parte superior, al lado izquierdo un número, al lado derecho casi al centro un cuadro blanco donde el elector debe marcar su preferencia y debajo del cuadro blanco el nombre del candidato (a).

OTRA POSIBILIDAD La otra opción, desechada por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, era la diagramación en dos columnas de los 26 candidatos (as) al Tribunal Agroambiental. En una columna mujeres y en la otra hombres. Al final de las dos columnas la instrucción de que en cada columna se emita un solo voto. De ese modo se garantizaba la elección de igual cantidad de mujeres e igual cantidad de hombres.

Sin embargo no se garantizaba, ni con esa diagramación, que haya paridad de género en la composición del Tribunal Agroambiental, ya que si bien se elegiría igual número de mujeres que de hombres, serán titulares quienes obtengan mayor número de votos, y suplentes quienes obtengan menor número de votos en relación a los más votados (as).

En esta opción de diagramación tampoco se garantizaba la elección de algún candidato autodeclarado indígena-originario-campesino.

LAS OTRAS COLUMNAS Similar situación se presenta para la columna de candidatos y candidatas al Consejo de la Magistratura. En total son en total 14, pero la numeración no va de 1 a 14 en esta franja, sino de 27 a 40 (continúa la numeración de la lista de candidatos y candidatas al Tribunal Agroambiental).

La columna tiene un color ligeramente naranja. El primero es varón y la última mujer.

Si la columna de 14 se dividía en dos de 7, de hombres una y de mujeres la otra, con la indicación al final, sobre la franja roja, de que en cada franja se emita un solo voto, se garantizaba la elección de igual número de mujeres que de varones, aunque con las mismas limitaciones que en el caso anterior.

La columna tres tiene un color ligeramente morado tiene un total de 28 candidatos y candidatas, pero al igual que en el caso anterior, continúa con la numeración correlativa de la primera columna, es decir, empieza en 41 y termina en 68.

Aquí también hubo la posibilidad de dividir a los 28 candidatos y candidatas en dos columnas, cada una de 14, una de varones, otra de mujeres y al final, sobre la franja roja de cada columna instruir que en cada una de las franjas se emita un solo voto.

De ese modo se garantizaba la elección de igual de número de mujeres que de hombres, pero con las limitaciones de los anteriores casos en cuanto a la composición paritaria de género de titulares y suplentes, así como de indígenas.

La excepción: Tribunal de Justicia

 La excepción se da en candidatos y candidatas al Tribunal Supremo de Justicia, donde sí se decidió dividirlos en dos columnas, una de varones y otra de mujeres, al final de cada columna se instruye que en cada una se emita un solo voto. En la primera columna están los varones con la numeración 69 a 71 (tres) y en la otra columna las mujeres con la numeración de 72 a 74 (tres), de modo que se sigue la lógica de numeración correlativa.

La papeleta empieza en la primera columna con el número uno y termina en la quinta columna con el número 74, para el caso de la ciudad de La Paz (podrá variar en otros departa-mentos dependiendo si para el Tribunal Supremo de Justicia van más o menos candidatos o candidatas, pero en el caso de La Paz son seis).

En este caso se garantiza la elección de igual número de hombres y mujeres, aunque ya en la composición de titulares y suplentes no se garantiza la paridad de género por el hecho de que serán los más votados quienes sean titulares o los que les sigan suplentes. En este caso, según la decisión de Sala Plena, es que sí, por ejemplo, las tres candidatas mujeres obtuvieran más votos que cualquier varón, el varón más votado será el suplente, precisamente para garantizar la elección de uno y otro sexo, lo que no ocurre con las otras tres instituciones.

La numeración de candidatos otra causa de la polémica

El hecho de que el Tribunal Supremo Electoral hubiese decidido incorporar un número para cada candidato y candidata a cada una de las cuatro instituciones del poder judicial, se convierte en otra causa de polémica en las inéditas elecciones judiciales del 16 de octubre.

Según fuentes consultadas, con experiencia en procesos electorales, al adjudicar un número para cada uno de los candidatos y candidatas se facilita la posibilidad de que se propicie una “plancha”, es decir que haya una lista predefinida por número para que cierto sector de votantes pueda garantizar un resultado.

Se explicó que lo ideal es que no haya ninguna señal ajena al candidato o candidata que no sea su fotografía y su nombre. Sin embargo, lo que más llama la atención es que la numeración decidida en la papeleta electoral sea cronológica para todos los candidatos y pase del 1 al 26 para quienes postulan Tribunal Agroambiental, del 27 al 40 para quienes postulan al Consejo de la Judicatura y de allí, del 41 al 68, para quienes postulan al Tribunal Constitucional Plurinacional; del 69 al 74 para quienes postulan al Tribunal Supremo de Justicia.Una forma de numerar, era de 1 a 26 para el Tribunal Agroambiental, de 1 a 14 para el Consejo de la Magistratura, del 1 al 28 para el Tribunal Constitucional Plurinacional y del 1 al 6 para el Tribunal Supremo de Justicia.

Pero esa forma de numerar se prestaría a confusión a la hora de marcar por números a los candidatos a cada uno de los Órganos del Poder Judicial, en caso de existir la tendencia a favorecer a determinada “plancha”.

En caso de no haber incorporado números, ante un eventual intento de favorecer a determinados candidatos por parte de determinada tendencia la situación se complicaría porque el elector tendría que buscar por nombre en cada columna, lo que demoraría mucho el tiempo de votación de cada persona, si existiera la intención señalada.

El tiempo que demandará votar a cada persona es fundamental en un proceso electoral, porque va de la mano del total de votantes que se asignará a cada ánfora. Este detalle ya condujo a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral, ha advertir que, de ser necesario, se habilitarán tres lugares de sufragio en cada “cuarto oscuro”, de modo que puedan emitir su voto, para una misma ánfora, tres personas en un mismo ambiente.

Gobierno solicitó veedores de OEA para los comicios

El Gobierno del presidente Evo Morales solicitó a la Organización de Estados Americanos (OEA), la asignación de veedores oficiales del proceso de elección de autoridades del poder judicial del próximo 16 de octubre.

El acuerdo suscrito entre el Órgano Electoral Plurinacional y la Secretaría General de la OEA, señala que “el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, por medio de una comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, de fecha 5 de mayo de 2011, solicitó la asistencia de una Misión de Observación Electoral para las Elecciones de Altas Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional del 16 de octubre de 2011”.

La decisión de la OEA fue casi inmediata. El 16 de mayo dispuso el envío de esa Misión de Observación Electoral, sin embargo el acuerdo fue suscrito recién la semana pasada en La Paz.

La OEA anunció que desplazará a 60 observadores a Bolivia. El Tribunal Supremo Electoral les debe garantizar todas las facilidades para cumplir con su labor, libre desplazamiento y movimiento en todo el territorio boliviano, y acceso a las actividades de votación, escrutinio y totalización de votos a nivel municipal, departamental y nacional.

También se les debe facilitar copia de los resultados que consten en las actas de escrutinio de cada mesa electoral donde no estén presentes los observadores de la misión, todo sin menoscabo de la soberanía del Estado y de la independencia del Tribunal Supremo Electoral.

La misión de la OEA, a su vez, informará al Tribunal Supremo Electoral acerca de las irregularidades e interferencias que se observe o que le fueran comunicadas. Además, podrá emitir informes públicos y periódicos como resultado de la observación in situ de este proceso electoral.

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