A la mujer, que sólo fue identificada por las iniciales I.V., se le practicó una salpingoclasia bilateral o ligadura de trompas en un hospital público de Bolivia el 1 de julio de 2000 sin haber recibido los médicos su consentimiento informado y sin que se tratara de una situación de emergencia.
A consecuencia de la operación, realizada tras la práctica de una cesárea, la mujer quedó en una situación de "esterilización permanente y forzada".
Además, la Comisión concluyó que el Estado no proveyó a la víctima de una respuesta judicial "efectiva" frente a tales vulneraciones.
Anteriormente, la CIDH había recomendado al Estado de Bolivia "reparar integralmente a I.V." por estas violaciones.
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